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Amparo a periodista en contra de actos o expresiones de acoso del Presidente en sus “Mañaneras”




El pasado 14 de junio se publicó en el Semanario Judicial de la Federación, la Tesis I.20°.A.32 A (11a.), mediante la cual se otorgó una suspensión definitiva en Amparo Indirecto a un periodista, en contra de los actos y expresiones de acoso, represalia o denostación del presidente de la República o su Vocería, durante sus conferencias de prensa, que impliquen intromisiones a los derechos humanos de las personas periodistas. En la justificación esgrimida por el Tribunal Colegiado de Circuito (TCC), el Presidente y su Vocería, durante una conferencia de prensa organizada con recursos estatales y en un espacio de difusión de derecho público, actúan en ejercicio de sus funciones de comunicación, información, transparencia y rendición de cuentas, por lo que sus actos de difusión están subordinados a la Constitución, a las leyes y a los tratados internacionales sobre derechos humanos.







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